%0 Journal Article %A Ronquillo Campoverde, Jonathan Ernesto %T La empresa social: un modelo de negocio emergente %D 2015 %U http://hdl.handle.net/10317/5054 %X La diferencia existente entre España y el resto de países de la Unión Europea a la hora de dar una definición clara, precisa y concreta del concepto de empresa social ha desembocado en una importante polémica, puesto que dicho concepto es tratado de forma distinta, siendo un ejemplo claro de ello que la legislación española no realiza ningún tipo de mención al mismo en la Ley del 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social (en adelante LES), a diferencia de la Comisión Europea, que en su informe sobre la Iniciativa de Emprendimiento Social (2014), vincula de forma directa a este tipo de entes con el citado Sector de la Economía Social (en adelante SES), surgiendo así un nuevo concepto de emprendimiento social. En este sentido, ante el caso omiso de la legislación española sobre la empresa social en España existe la LEY DE ECONOMÍA SOCIAL DEL 5/2011, tanto la Confederación Empresarial Española de la Economía Social (CEPES), como el Comité Económico Social Europeo (CESE) lideran el debate para que España reconozca legalmente el concepto de empresa social dentro del SES. En esta misma línea de actuación de dar visibilidad al concepto que nos ocupa, la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA) ha elaborado un informe sobre “La empresa social: marco conceptual contexto e información”, en el que se trata la problemática existente a la hora de definir claramente el concepto de empresa social, abordando, además, otros interesantes temas en torno al mismo, tales como el reporte que debe elaborar toda empresa que se catalogue como social, aunque, sin embargo, el documento no se arriesga a proponer una forma jurídica concreta para su desarrollo en España. En el contexto descrito, nuestro trabajo a lo largo de este documento es intentar esclarecer cuáles son esas características que hacen tan sui generis a la empresa social, estableciendo la diferencia con las distintas organizaciones que desarrollan su actividad en el seno del SES, pero que no cumplen la definición de empresa social. En este sentido, el documento recoge un intento de visión aproximada de los requisitos esenciales que debería cumplir una empresa para poder acogerse a este concepto, al tiempo que se recogen algunas de las posibles líneas de actuación que podría adoptar España como país para identificar y desarrollar este tipo de empresas interesadas en satisfacer intereses generales, en las que la componente puramente lucrativa presenta una visión de sumisión al componente social. %K Participación social %K Social participation %K Capital social %K Social capital %K Empresa %K Enterprises %~ GOEDOC, SUB GOETTINGEN