%0 Journal Article %A Hernández Gómez, Pedro Alberto %T Desarrollo de un modelo de previsión de la demanda eléctrica: aplicación a un usuario universitario %D 2009 %U http://hdl.handle.net/10317/1780 %X El mercado de electricidad inició sus operaciones el día 1 de enero de 1998 con la entrada en operación del mercado diario, a principio de abril del mismo año comienza la operación del mercado intradiario con dos sesiones que se ampliaron a cinco a finales de 1998 y en la actualidad se celebran seis sesiones de dicho mercado. Así, el mercado de producción de energía eléctrica se configura como el conjunto de transacciones económicas derivadas de la participación de los agentes del mercado en las sesiones del mercado diario, del mercado intradiario y de la aplicación de los procedimientos de operación del sistema. Los agentes del mercado son las empresas habilitadas para actuar directamente en el mercado eléctrico como vendedores y compradores de electricidad. Pueden actuar como agentes del mercado los productores, distribuidores y comercializadores de electricidad así como consumidores cualificados de energía eléctrica y las compañías eléctricas o consumidores, residentes en otros países. La gestión económica del mercado de electricidad está encomendada a la Compañía Operadora del Mercado Español de Electricidad (OMEL), que es responsable de la gestión de los mercados diario e intradiario, de la solución de restricciones técnicas, en colaboración con el operador del sistema, de la obtención del precio final de la energía para cada agente y de las liquidaciones y facturación de los mercados y procesos. Red Eléctrica de España (REE), tienen encomendadas las funciones del operador del sistema, y, en tal calidad, es responsable de la gestión de los procesos de operación técnica del sistema, debiendo utilizar mecanismos competitivos, siempre que sea compatible con la salvaguarda de la adecuada seguridad y calidad del suministro. El mercado diario es el mercado en el que se realizan la mayor parte de las transacciones. En dicho mercado deben participar como oferentes todas las unidades de producción disponibles por la parte no vinculada a un contrato bilateral físico. La parte demandante en el mercado diario son los distribuidores, comercializadores y consumidores cualificados. Una vez celebrada la sesión del mercado diario, el operador del sistema estudia la viabilidad técnica del programa de funcionamiento para garantizar la fiabilidad y seguridad del suministro. Si la programación resultante del mercado diario no cumple los requisitos de seguridad, el procedimiento conjunto del operador del mercado y del operador del sistema da solución a dichas restricciones técnicas modificando el programa de las unidades de producción resultante del mercado diario. El mercado intradiario consta actualmente de seis sesiones que se celebran a lo largo del día, pudiendo acudir al mismo como oferentes y demandantes los titulares de unidades de producción, los distribuidores, comercializadores y consumidores cualificados que tengan la condición de agentes del mercado. Los procedimientos de operación técnica tienen por objeto que el suministro se realice en las condiciones de calidad y fiabilidad establecidas y que la producción y el consumo se encuentren permanentemente equilibrados. Son gestionados por el operador del sistema mediante mecanismos de subasta entre unidades de producción, siempre que esto sea posible. Como resultado de estas transacciones y procesos el operador del mercado efectúa la liquidación, que es la determinación de los derechos de cobro y obligaciones de pago que corresponden a cada agente que ha participado en el mercado, según el precio final que le haya correspondido. La Ley 54/1997 del Sector Eléctrico encomendó al Ministerio de Industria y Energía la aprobación de las Reglas de Funcionamiento del Mercado de Producción de Energía Eléctrica y del Contrato de Adhesión a las mismas, mientras que es la Comisión Nacional del Sistema Eléctrico quien tiene por misión velar porque las actividades del mercado se lleven a cabo en régimen de libre competencia. El Comité de Agentes de Mercado, órgano privado que integra representantes de todos los sujetos que tengan acceso al mercado, el Operador del Mercado y el Operador del Sistema, tienen funciones de supervisión de funcionamiento del mercado. La gestión del mercado de electricidad debe realizarse observando principios de transparencia, objetividad e independencia, de acuerdo con la Ley del Sector eléctrico. Asimismo, la participación en el mercado se realiza a través de un sistema electrónico de contratación, especialmente diseñado para un sistema eléctrico basado en la libertad de transacciones y en la seguridad del suministro al consumidor. %K Ingeniería Eléctrica %K Consumo eléctrico %K Suministro eléctrico %~ GOEDOC, SUB GOETTINGEN